El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de San Miguel de Ibarra informa que las personas adultas mayores de 65 años y las personas con discapacidad pueden acceder a la exoneración total o parcial del impuesto predial, de acuerdo con las leyes vigentes en el Ecuador. Este beneficio se gestiona en la Unidad de Servicios Tributarios y tiene como objetivo proteger la economía de los grupos de atención prioritaria y sus familias.
En cumplimiento de la Ley Orgánica para las Personas Adultas Mayores, las personas de 65 años o más que residan en el cantón Ibarra pueden solicitar la exoneración del impuesto predial, siempre que sus ingresos mensuales no superen cinco remuneraciones básicas unificadas y que su patrimonio no exceda las 500 remuneraciones básicas. La exoneración se aplica exclusivamente sobre el impuesto predial, por lo que las tasas municipales por mejoras, obras u otros servicios continúan vigentes.
Cada inicio de año, cuando se emite el cobro del impuesto predial, las personas adultas mayores pueden acercarse a las ventanillas municipales para solicitar por primera vez o renovar este beneficio. La Ing. Susana Rosero Responsable de la Unidad de Servicios Tributarios señala: “esta exoneración es un derecho y que los mecanismos de aplicación se mantienen activos para que ningún adulto mayor que cumpla los requisitos quede fuera del beneficio”.
De acuerdo con la Ley Orgánica de Discapacidades, las personas con discapacidad y quienes tengan legalmente bajo su cuidado a una persona con discapacidad pueden acceder a una exención del 50% del impuesto predial sobre un solo inmueble destinado a vivienda. El avalúo del bien no debe superar las 500 remuneraciones básicas unificadas; si excede este límite, el impuesto se calcula de manera proporcional sobre el excedente, respetando los principios de equidad tributaria.
Rosero nos señala que, para acceder al beneficio, la discapacidad debe ser igual o superior al 30%, debidamente acreditada y el requisito más importante es la cédula de ciudadanía en la que conste su % de discapacidad, así como escrituras o certificados del inmueble sobre el que se pide la exoneración, además del carné de discapacidad cuando corresponda.
Este alivio se suma a otros beneficios tributarios y en servicios básicos que la normativa reconoce para las personas con discapacidad, contribuyendo a mejorar su calidad de vida y la de sus familias.
La Municipalidad de Ibarra invita a los adultos mayores y a las personas con discapacidad, así como a sus familiares cuidadores, a acercarse a las ventanillas de Servicios Tributarios para informarse, verificar si cumplen los requisitos y registrar su exoneración antes o durante el periodo de pago del predial. El pago responsable y con los beneficios correspondientes permite a la vez cuidar la economía familiar y aportar al financiamiento de obras y servicios para todo el cantón Ibarra.
Promesas que se cumplen.
DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y RELACIONES PÚBLICAS